- sergio gdUsuario Nuevo
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Fecha de inscripción : 10/06/2021
Acceso a listas sin título habilitante pero con aprobado en parte 1
Lun 21 Jun 2021, 10:54
Buenos días,
la licenciatura en Derecho + C1/C2 de Francés no son habilitantes para entrar en listas de Inglés y Francés, porque Derecho no se considera de la rama de Humanidades, sino de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas. Hasta aquí, todo claro.
Mi pregunta es: si te presentas a la oposición de Francés teniendo la licenciatura de Derecho y el C1/C2 y apruebas la primera parte de la oposición, pero no apruebas la parte de la programación y unidad didácticas: ¿entras en listas a pesar de que tu titulación no sea habilitante?
Entiendo que sí, puesto que has demostrado tus conocimientos. Veo una posible base legal en el art 5.b) del DECRETO 31/2016, de 22 de marzo (BOA 1/04/2016):
"Estarán exentos del cumplimiento de este requisito (tener la titulación habilitante) quienes hubieran superado la prueba de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia en alguno de los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y especialidades de la enseñanza pública no universitaria convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o por cualquier otra Administración Pública desde el 1 de enero de 1999".
Mi interpretación, a la luz de este artículo, es que si sacas un 5 en la primera parte de la oposición, entras en lista 1 - aunque esto último no se especifica: ¿lista 1 o lista 2?
¿Alguien sabe si existe una normativa más explícita al respecto?
¡Muchas gracias!
la licenciatura en Derecho + C1/C2 de Francés no son habilitantes para entrar en listas de Inglés y Francés, porque Derecho no se considera de la rama de Humanidades, sino de la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas. Hasta aquí, todo claro.
Mi pregunta es: si te presentas a la oposición de Francés teniendo la licenciatura de Derecho y el C1/C2 y apruebas la primera parte de la oposición, pero no apruebas la parte de la programación y unidad didácticas: ¿entras en listas a pesar de que tu titulación no sea habilitante?
Entiendo que sí, puesto que has demostrado tus conocimientos. Veo una posible base legal en el art 5.b) del DECRETO 31/2016, de 22 de marzo (BOA 1/04/2016):
"Estarán exentos del cumplimiento de este requisito (tener la titulación habilitante) quienes hubieran superado la prueba de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia en alguno de los procesos selectivos de acceso a los cuerpos y especialidades de la enseñanza pública no universitaria convocados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o por cualquier otra Administración Pública desde el 1 de enero de 1999".
Mi interpretación, a la luz de este artículo, es que si sacas un 5 en la primera parte de la oposición, entras en lista 1 - aunque esto último no se especifica: ¿lista 1 o lista 2?
¿Alguien sabe si existe una normativa más explícita al respecto?
¡Muchas gracias!
- SolUsuario Nuevo
- Mensajes : 7
Fecha de inscripción : 28/02/2021
Re: Acceso a listas sin título habilitante pero con aprobado en parte 1
Lun 21 Jun 2021, 15:55
Yo entiendo lo mismo a la vista del apartado b bajo estas líneas, aprobando la parte específica y yendo a leer, quedas exento de ese requisito por lo que entras en listas, se supone que en el mismo bloque que los que tienen titulación habilitante y han hecho y leído la parte 1.
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